Fácil. Documento de Control sin complicaciones
Adáptate a la nueva normativa sobre el Documento de Control en formato electrónico para el transporte de mercancías por carretera. ¡Evita sanciones!

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Gestión sencilla del
Documento de Control
El documento de control en papel tiene fecha de caducidad. Con la Ley de Movilidad Sostenible, a partir del 5 octubre de 2026 será obligatorio en formato exclusivamente digital, siendo válidos hasta entonces tanto el formato en papel como el electrónico. Para cargadores y transportistas, enfrentarse a una inspección de transporte sin el formato el formato adecuado puede suponer sanciones de hasta 6000 euros.
Nuestra aplicación es la solución directa para cumplir con la ley desde ahora y sin complicaciones. No necesitas grandes inversiones ni procesos complejos. Es una herramienta fácil, intuitiva y económica, diseñada para generar y gestionar tus documentos electrónicos de control administrativo al instante. Y estos documentos, con su código QR y formato adecuado, ya son válidos.
Fácil. Con tu ordenador o teléfono móvil
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Datos de la carga y el envío
Identificación del transportista
Matrículas
¡Documento generado!

obligación legal para transportistas y cargadores
¿Qué es el Documento de Control?


El Documento de Control es un documento de carácter administrativo y obligatorio. Debe acompañar a la carga en el transporte público de mercancías por carretera en España y se deberá facilitar al personal de los Servicios de Inspección del Transporte Terrestre o los agentes de las fuerzas de vigilancia del transporte en carretera (Guardia Civil, policías autonómicas y/o locales competentes) en el caso de que así sea requerido.
Debe incluir obligatoriamente:
- Identificación del cargador contractual
- Identificación del transportista efectivo
- Lugar de origen y destino del envío
- Naturaleza y peso de la carga
- Fecha de realización del transporte
- Matrículas del vehículo o del conjunto (cabeza tractora y semirremolque).
- Si proceden, autorizaciones especiales
- Observaciones o reservas si así lo solicita alguna de las partes.
No son obligatorias firmas (digitales o manuscritas) ni otros datos adicionales, como información de identificación del destinatario, precios convenidos o instrucciones. El documento de control administrativo en soporte electrónico (DeCA) debe estar disponible en una URL (dirección de internet) a la que podrán acceder los servicios y agentes de inspección de transporte mediante la lectura de un código QR. Por tanto, por seguridad y privacidad, resulta recomendable que no incluya información no obligatoria y, especialmente, excluir datos de carácter personal (nombres, DNIs,…) protegidos por la legislación española y europea.
Tanto el cargador contractual como el transportistas efectivo son responsables de la emisión del documento de control. El cargador responderá sobre la información relacionada con la carga y el envío, mientras el transportista se responsabilizará de los datos relacionados con los datos del transporte y de llevar el documento y/o tener disponible el código QR que de acceso al mismo en caso de inspección.
La no emisión del documento, la inexactitud o carencia de datos obligatorios y/o obstaculizar el acceso a los datos pueden suponer sanciones de hasta 6000 euros a transportistas y cargadores.
A partir del 5 de octubre de 2026, este documento deberá ser exclusivamente digital. El Documento de Control Digital debe cumplir con los estándares técnicos de integridad y accesibilidad (formato PDF/A y código QR vinculado al documento) establecidos por la Resolución de 22 de mayo de 2023 de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.